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Tarjeta Profesionalde la Construcción · TPC

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¿Es obligatoria la TPC?

La respuesta corta es sí, para quien trabaja en obra. La respuesta útil tiene matices: depende del puesto, de quién te contrata y de si pisas la obra o no.

La regla general

El convenio del sector exige que todo el personal que realiza su actividad en obras de construcción acredite su formación en prevención, y la TPC es el documento previsto para eso. Lo dice el artículo 154 del VII Convenio General del Sector de la Construcción, y es la razón por la que en la puerta de una obra te la piden antes de dejarte pasar.

Que sea una exigencia del convenio y no de una ley penal no la hace menos real: el convenio es de aplicación obligatoria para las empresas del sector y, además, la falta de formación en prevención es una infracción sancionable por la Inspección de Trabajo.

Quién la necesita

  • Operarios de cualquier oficio que trabajen en obra: albañilería, encofrados, ferralla, fontanería, electricidad, pintura, solados, cubiertas, demolición…
  • Encargados, capataces y mandos intermedios, con su formación propia.
  • Directivos y personal técnico de empresas del sector, también con formación específica.
  • Personal administrativo de empresas del convenio, con una formación más corta.
  • Autónomos que ejecutan trabajos en obra: no tienen empresa que les forme, pero la obligación de estar formados es la misma.

Quién no

Quien no realiza actividad en obra queda fuera: oficinas ajenas al sector, comercio, actividades administrativas que no pisan el tajo. Y quien trabaja en un sector distinto, aunque se parezca, tiene su propia tarjeta: el metal la TPM, el vidrio y la madera las suyas.

Hay un caso fronterizo que pregunta mucha gente: las visitas puntuales de arquitectos, técnicos, proveedores o transportistas. No son personal de ejecución, pero la obra responde de quien entra, así que lo habitual es que el coordinador de seguridad exija formación acreditada o una visita acompañada. La política concreta la fija cada obra en su plan de seguridad.

Quién lo comprueba

En la práctica, tres figuras: el recurso preventivo o el encargado en la puerta, el coordinador de seguridad y salud de la obra y la Inspección de Trabajo cuando aparece. Las contratas principales, además, revisan la documentación de todas sus subcontratas antes de dejarlas empezar; es lo que se llama coordinación de actividades empresariales.

El resultado es que el control es más estricto en obra pública y en obra grande, y más laxo en reformas pequeñas. Pero la obligación no cambia con el tamaño del andamio.

Preguntas de este apartado

8 dudas concretas, con la respuesta al abrir.

¿Puedo trabajar en una obra sin la tarjeta?

Legalmente no deberías estar en obra sin la formación en prevención acreditada, y la tarjeta es el documento previsto para acreditarla. Si el curso está hecho y la tarjeta está en trámite, lo normal es que te admitan con el diploma; si no hay ni curso ni diploma, el coordinador de seguridad puede impedirte la entrada y la empresa se expone a una sanción.

Dicho de otro modo: lo imprescindible es la formación. La tarjeta es la forma oficial y permanente de demostrarla.

¿Me pueden echar de la obra por no tenerla?

Pueden denegarte el acceso, que es lo que ocurre de verdad. No es un despido: es que no se te permite entrar al centro de trabajo hasta que acredites la formación. Para la empresa es un problema, porque tiene que sustituirte o parar la tarea.

Si te ha pasado, la salida rápida es hacer el curso cuanto antes. Suele resolverse en un fin de semana si hay grupo disponible.

¿Es obligatoria para los autónomos?

Sí. El autónomo que ejecuta trabajos en una obra está sujeto a las mismas exigencias de formación en prevención que un trabajador por cuenta ajena, y la tarjeta es el modo de acreditarlo. De hecho la Fundación Laboral la expide expresamente a trabajadores autónomos del sector.

Y conviene tenerla al día por interés propio: sin ella, muchas contratas no te dan de alta en la obra, así que se traduce en trabajo que no puedes coger.

¿Y para las subcontratas?

Igual. La ley de subcontratación en la construcción obliga a que todas las empresas que intervienen acrediten la formación en prevención de su personal, y la contrata principal responde de haberlo comprobado. Por eso, antes de entrar, te piden la documentación completa de tu plantilla.

Para una subcontrata pequeña esto es muy práctico: tener las tarjetas al día es la diferencia entre entrar el lunes o esperar dos semanas.

¿Quién comprueba que los trabajadores la tengan?

La empresa, en primer lugar, que es la responsable de su personal. Después el coordinador de seguridad y salud de la obra y el recurso preventivo, que controlan los accesos. Y por encima de todos, la Inspección de Trabajo, que revisa documentación cuando visita.

En obras grandes hay control de acceso con lectura de documentación; en obras pequeñas es el encargado quien lo mira. La cadena de responsabilidad, en cualquier caso, es la misma.

¿Pueden multarme a mí, como trabajador?

Las sanciones de prevención recaen sobre la empresa, no sobre el trabajador: es ella la que tiene el deber de garantizar la formación. Un trabajador no recibe una multa por no tener la tarjeta.

Lo que sí sufre el trabajador es la consecuencia práctica: no entrar a la obra y, según el caso, responder ante su empresa si incumple las normas de seguridad que ella le ha dado. Lo tratamos con cifras en el apartado de sanciones.

¿Los alumnos en prácticas pueden entrar sin tarjeta?

Necesitan igualmente formación en prevención antes de pisar la obra; lo que ocurre es que el VII Convenio abrió expresamente la puerta a que el alumnado de formación en alternancia y quien busca experiencia práctica en familias profesionales del sector pueda solicitar la tarjeta.

Con lo cual, hoy el camino limpio para un alumno es el mismo que para un trabajador: curso, diploma y tarjeta. La figura del "voy a mirar" no existe en una obra.

¿Hay actividades del sector que no la necesiten?

El personal que nunca accede a obra —oficina, administración, comercial que no entra al tajo— no necesita la tarjeta para trabajar, aunque muchas empresas del convenio la tramitan también para el personal administrativo, porque el convenio prevé su propia formación para ellos.

Y hay trabajos que se parecen pero pertenecen a otro convenio: montaje de estructuras metálicas, cerrajería o carpintería metálica van por el sector del metal, con su propia tarjeta.

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